Nueva victoria en la defensa de los derechos de los consumidores

Nuestra colaboradora Gisela Bernáldez, directora letrada del bufete de abogados JURISTICA, ha logrado el cambio de Estatutos Comunitarios de la segunda planta del aparcamiento de Avd. España.

Tras dos demandas colectivas y arduas negociaciones con la concesionaria se ha llegado a un acuerdo y se creará una subcomunidad de propietarios que se beneficiará de la aplicación de la Ley de Propiedad Horizontal.

Ahora los pequeños propietarios harán valer sus intereses y, por fin, designarán sus cargos y votarán sus presupuestos y sus cuotas de mantenimiento.

A tal fin, se ha realizado una Asamblea donde los afectados han dado un apoyo masivo a este cambio.

ACTA JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA C.P. ESTACIONAMIENTO AVDA. ESPAÑA CELEBRADA EL 15-07-2021.

En la ciudad de Logroño, a las 17:30 horas del día 15/07/2021 en  JURISTICA C/ Calvo Sotelo nº 35 Logroño, se celebró Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria C.P. ESTACIONAMIENTO ADA. ESPAÑA LOGROÑO, NIF H26492678 con el orden del día que previamente se comunicó. Presiden la Asamblea Dª Inmaculada Blanco y D. José Antonio de Miguel actuando como secretaria Dª Gisela Bernáldez, acudiendo 326 copropiedades entre presentes y representados, de los cuales 317 son plazas de coche y 9 trasteros, desarrollando y sometiendo a votación los siguientes puntos del día:

1º.- MODIFICACION ESTATUTARIACON CREACION DE SUBCOMUNIDAD

Dª. Gisela Bernáldez explica la modificación del ART. 17 CREACION DE SUBCOMUNIDAD EN PLANTA SEGUNDA aparcamiento Avda. España, aplicándose las disposiciones de la Ley de Propiedad Horizontal en cuanto a gestión de servicios comunes y administración de gastos. Vinculado con ello se modifica también el ART. 5 ELEMENTOS Y SERVICIOS DE USO COMUN al excluirse como servicios esenciales los de video vigilancia, atención personalizada y tele asistencia 24 horas que hasta ahora eran obligatorios para las dos plantas, limitándolos a la primera planta por mantenerse el  régimen de rotación. Lo mismo respecto del ART. 12 DOBLE MAYORIA DE COPROPIETARIOS Y COEFICIENTE PARA LAS DECISIONES COMUNITARIAS, de modo que en la sub comunidad segunda planta las decisiones se adoptarán por doble mayoría de coeficiente de propiedad que a su vez suponga mayoría de número de votos, de conformidad con la Ley de Propiedad Horizontal. Respecto al ART. 13 GASTOS SUSCEPTIBLES DE INDIVIDUALIZACION,  la sub comunidad podrá gestionar independientemente de la primera planta, todos aquellos gastos que sean susceptibles de individualización. Por último, el ART. 14 GESTION DE GASTOS COMUNES se expone que será la empresa gestora de la rotación quien anualmente remita a la sub comunidad de la plantan segunda una previsión de gastos a incluir en presupuestos, siendo ella la que se encargue de su abono.

2º.- DERRAMA PARA LA CREACION DE LA SUBCOMUNIDAD

Para sufragar los gastos de tramitación, formalización e inscripción de la nueva sub comunidad, cierre de los procedimientos judiciales que han llevado a la modificación y gastos de notificación y publicación del acta, así como la constitución de un Fondo de Reserva, se acuerda el abono de una derrama de 60€ por parte de los copropietarios de plazas de garaje, de 76,80€ para las plazas con trastero y de 24€ por trastero que estén en la segunda planta.

3º.- PERIODO DE TRANSICION

Para que sea viable la separación de las dos plantas y la creación de la sub comunidad se debe votar la aprobación conjunta de los acuerdos junto con un periodo de transición hasta el 31-12-2023, durante cuya vigencia la empresa gestora de rotación continuará  gestionando todas las plantas.

4º.- APROBACION DE CUENTAS DELOS AÑOS 2018 A 2020

Facilitada previamente la relación de los gastos de gestión durante los años 2018 a 2020, se explica su distribución conforme los anteriores Estatutos que ahora se cambian, distribuyéndose las partidas en 50, 60, 70 o 75 % entre las plantas.

 5º.- APROBACIÓN DE PRESUPUESTOS 2021 A 2023

Para el período de transición hasta el 31-12-2023, procede la aprobación de los presupuestos del año en curso y los dos siguientes en importes similares a los abonados, fijándose la cuota plaza garaje en 20€, garaje con trastero en 25,60€ y trastero en 4,80€ al mes.

Seguidamente se pasa a votar la PROPUESTA CONJUNTA DE RATIFICACIÓN DEL

ACUERDO en los términos propuestos, obteniendo el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: Nº DE VOTOS 325 con COEFICIENTE 89,24%; ABSTENCION: 1 con COEFICIENTE 0,25% PLAZA 324. Por tanto, se declara APROBADO POR UNA PRACTICA UNANIMIDAD DE VOTOS Y DE COEFICIENTE LA PARTICIPACION EL ACUERDO PRESENTADO, levantándose sesión a las 18:25

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